Derechos Culturales
Derechos
Culturales
Guatemala es rica en tradiciones |
Cultura
Es el conjunto de costumbres, tradiciones,
idiomas, leyes y hábitos que se van adquiriendo de generación en generación,
para ser o seguir siendo parte de un grupo, un pueblo o la sociedad.
Derechos culturales
La Declaración de la UNESCO sobre la
Diversidad Cultural establece
que “la cultura debe ser considerada el conjunto de los rasgos distintivos
espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una
sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras,
los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las
tradiciones y las creencias”.
Diversidad de costumbres |
Guatemala es un país lleno de color, sabor, y bellezas patrimoniales, es rica en culturas, costumbres y tradiciones. Los derechos culturales, son los derechos que tiene cada
pueblo o cada individuo de dar a conocer o de practicar sus tradiciones y costumbres.
En su Observación General 12, el Comité de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (CDESC), proporciono
los datos a los Estados de cada país, tienen la obligación de respetar,
proteger y garantizar el derecho a participar de la vida cultural de cada
pueblo e incluyó cinco características:
- Disponibilidad. Los bienes y servicios culturales deben
estar disponibles para que todos puedan disfrutar y beneficiarse de ellos,
incluidas las instituciones, los espacios abiertos o públicos como
teatros, estadios, plazas entre otros, y los bienes culturales intangibles
(tales como los idiomas, las costumbres, las creencias y la historia).
- Accesibilidad. El acceso a la cultura consiste en cuatro
elementos clave: la no discriminación, la accesibilidad física, la
accesibilidad económica y la accesibilidad de la información. El Gobierno
del país debe asegurar que todas las personas puedan disfrutar y practicar
sus tradiciones sin sentirse discriminado o rechazado, no importando si
estas actividades son en la capital o en las áreas urbanas. Los Estados
deben garantizar que toda persona tiene el derecho a buscar, recibir y
difundir información sobre la cultura en el idioma de su elección.
- Aceptabilidad. Las autoridades de cada región, (municipios,
aldeas, departamentos, caserios etc.) debe mantener una buena relación y comunicación
con los involucrados para apoyarlos en cualquier actividad que se realice en
relación a sus costumbres y tradiciones, para asegurar que estas aceptan
las medidas para proteger la diversidad cultural.
- Adaptabilidad. Los Estados deben adoptar un enfoque
flexible a los derechos culturales y respetar la diversidad cultural de
los individuos y las comunidades.
- Idoneidad. La realización de los derechos culturales
debe ser adecuada en el contexto pertinente, con especial atención por
parte de los Estados a los valores culturales relacionados con, entre
otras cosas, los alimentos y su consumo, el uso del agua, la provisión de
servicios de salud y educación, y el diseño y construcción de viviendas.
Legislaciones que protegen los
Derechos Culturales de Guatemala y de los Pueblos Indígenas.
1. Comisión Interamericana
de Derechos Humanos
Artículo I. Artículo 3. Artículo
8.
2. Convenio
169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales. Organización Internacional del Trabajo (OIT). 1989
Artículo 1:
3. Carta de las
Naciones Unidas. (1945)
Artículo 1(2) & Artículo 55:
4. Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU 1966)
Artículo 1 (1):
5. Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ONU 1966)
Artículo 1(1).
6.
Convención de Viena sobre
el Derecho de los Tratados. (1969)
7.
Carta de la Sociedad
Civil de la Comunidad Caribe (CARICOM)
Artículo
XI: Rights of Indigenous Peoples
8. Declaración
sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales (ONU
1961)
Artículo 2: Arts. 2,6,7.
9.
Declaration on Principles
of International Law concerning Friendly Relations
and Co-operation among States in accordance with the Charter of the United Nations.
10. Declaración sobre la Raza y los
Prejuicios Raciales (UNESCO 1982)
Artículo 3.
11. World Bank Operational Manual, "Description and Sample Outline
of an Environmental Action Plan, Operational . Parte4.
12. Guatemala, Constitución
Política de la República de Guatemala
Artículo 66:
Entidades nacionales
e internacionales que protegen el Derecho a la Cultura
1.
Procuraduría
de los Derechos Humanos de Guatemala
2. Autoridad Indígena de Tecpán
3. Consejo Nacional de Autoridades Ancestrales, Mayas,
Xincas y Garífunas
4. Asociación de Mujeres Garífunas de Guatemala
5. Misión de Naciones Unidas en Guatemala
6. Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala
7. Defensoría de los Pueblos Indígenas
8. Ministerio de Cultura y Deportes
9. Las organizaciones mayas de Guatemala y el diálogo
intercultural
10. UNESCO- ONU
11. Declaración Universal de los Derechos Humanos
12. Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos
13. Foro Internacional de Mujeres Indígenas, FIMI
Riquezas de Guatemala |
Debemos sentirnos orgullosos de ser guatemaltecos,
vivamos y disfrutemos nuestras tradiciones, costumbres y aprendamos a vivir en
paz, respetando a las personas que visten, hablan, que tienen costumbres
diferentes, a las de nosotros. yo estoy orgullosa de haber nacido en Guatemala
un país reconocido por los bellos sitios turísticos inigualables, por el calor
humano de nuestros hermanos guatemaltecos, no importando en qué departamento
hayamos nacido, sintámonos orgullosos de haber nacido en el país de la eterna
primavera.
Amigos que nos acompañaron en la
publicación de nuestro blog, agradecemos su apoyo, esperamos que sea útil para
futuras investigaciones.
Publicó: Lilian Callejas
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