Derechos Culturales





Derechos Culturales
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Guatemala es rica en tradiciones

Cultura
Es el conjunto de costumbres, tradiciones, idiomas, leyes y hábitos que se van adquiriendo de generación en generación, para ser o seguir siendo parte de un grupo, un pueblo o la sociedad.

Derechos culturales
La Declaración de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural establece que “la cultura debe ser considerada el conjunto de los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias”.


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Diversidad de costumbres
Guatemala es un país lleno de color, sabor, y bellezas patrimoniales, es rica en culturas, costumbres y tradiciones. Los derechos culturales, son los derechos que tiene cada pueblo o cada individuo de dar a conocer o de practicar sus tradiciones y costumbres. En su Observación General 12, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (CDESC), proporciono los datos a los Estados de cada país, tienen la obligación de respetar, proteger y garantizar el derecho a participar de la vida cultural de cada pueblo e incluyó cinco características:
  • Disponibilidad. Los bienes y servicios culturales deben estar disponibles para que todos puedan disfrutar y beneficiarse de ellos, incluidas las instituciones, los espacios abiertos o públicos como teatros, estadios, plazas entre otros, y los bienes culturales intangibles (tales como los idiomas, las costumbres, las creencias y la historia).

  • Accesibilidad. El acceso a la cultura consiste en cuatro elementos clave: la no discriminación, la accesibilidad física, la accesibilidad económica y la accesibilidad de la información. El Gobierno del país debe asegurar que todas las personas puedan disfrutar y practicar sus tradiciones sin sentirse discriminado o rechazado, no importando si estas actividades son en la capital o en las áreas urbanas. Los Estados deben garantizar que toda persona tiene el derecho a buscar, recibir y difundir información sobre la cultura en el idioma de su elección.

  • Aceptabilidad. Las autoridades de cada región, (municipios, aldeas, departamentos, caserios etc.) debe mantener una buena relación y comunicación con los involucrados para apoyarlos en cualquier actividad que se realice en relación a sus costumbres y tradiciones, para asegurar que estas aceptan las medidas para proteger la diversidad cultural.

  • Adaptabilidad. Los Estados deben adoptar un enfoque flexible a los derechos culturales y respetar la diversidad cultural de los individuos y las comunidades.
    • Idoneidad. La realización de los derechos culturales debe ser adecuada en el contexto pertinente, con especial atención por parte de los Estados a los valores culturales relacionados con, entre otras cosas, los alimentos y su consumo, el uso del agua, la provisión de servicios de salud y educación, y el diseño y construcción de viviendas.

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Legislaciones que protegen los Derechos Culturales de Guatemala y de los Pueblos Indígenas.

1.     Comisión Interamericana de Derechos Humanos
            Artículo I.  Artículo 3. Artículo 8.  
2.         Convenio 169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales. Organización   Internacional del Trabajo (OIT). 1989  
            Artículo 1: 
3.       Carta de las Naciones Unidas. (1945) 
            Artículo 1(2) & Artículo 55:
4.       Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU 1966) 
            Artículo 1 (1):
5.       Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ONU 1966) 
            Artículo 1(1).
6.      Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. (1969) 

7.       Carta de la Sociedad Civil de la Comunidad Caribe (CARICOM) 
            Artículo XI: Rights of Indigenous Peoples 

8.      Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales (ONU 1961) 
            Artículo 2:   Arts. 2,6,7.
9.       Declaration on Principles of International Law concerning Friendly          Relations and Co-operation among States in accordance with the    Charter of the United Nations.

10.    Declaración sobre la Raza y los Prejuicios Raciales (UNESCO               1982)   Artículo 3.

11.     World Bank Operational Manual, "Description and   Sample         Outline of an Environmental Action Plan, Operational . Parte4.

12.     Guatemala, Constitución Política de la República de Guatemala 
                         Artículo 66: 


Entidades nacionales e internacionales que protegen el Derecho a la Cultura
1.        Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala
2.       Autoridad Indígena de Tecpán
3.       Consejo Nacional de Autoridades Ancestrales, Mayas, Xincas y Garífunas
4.      Asociación de Mujeres Garífunas de Guatemala
5.       Misión de Naciones Unidas en Guatemala
6.      Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala
7.       Defensoría de los Pueblos Indígenas
8.      Ministerio de Cultura y Deportes
9.       Las organizaciones mayas de Guatemala y el diálogo intercultural
10.    UNESCO- ONU
11.     Declaración Universal de los Derechos Humanos
12.     Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos
13.     Foro Internacional de Mujeres Indígenas, FIMI


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Riquezas de Guatemala




Debemos sentirnos orgullosos de ser guatemaltecos, vivamos y disfrutemos nuestras tradiciones, costumbres y aprendamos a vivir en paz, respetando a las personas que visten, hablan, que tienen costumbres diferentes, a las de nosotros. yo estoy orgullosa de haber nacido en Guatemala un país reconocido por los bellos sitios turísticos inigualables, por el calor humano de nuestros hermanos guatemaltecos, no importando en qué departamento hayamos nacido, sintámonos orgullosos de haber nacido en el país de la eterna primavera. 

 Amigos que nos acompañaron en la publicación de nuestro blog, agradecemos su apoyo, esperamos que sea útil para futuras investigaciones. 

Publicó: Lilian Callejas





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